El Ayuntamiento aprobó inicialmente una nueva Ordenanza de Civismo y Convivencia que impide utilizar prendas o elementos que oculten totalmente el rostro. La medida contempla excepciones y fue aprobada por 16 votos contra 11.
El Ayuntamiento de Lleida, en Cataluña, aprobó inicialmente una modificación de la Ordenanza Municipal de Civismo y Convivencia que prohíbe llevar en los espacios públicos prendas u otros elementos que oculten totalmente el rostro, una disposición que alcanza al burka y al nicab, aunque estas prendas no aparecen mencionadas de manera explícita en el texto.
La iniciativa fue aprobada el 25 de septiembre con 16 votos a favor y 11 en contra. Respaldaron la modificación el PSC-Units, Junts y Vox, mientras que votaron en contra el Partido Popular, ERC y Comú.
La nueva normativa sustituirá a la ordenanza vigente desde 2007 y contempla diferentes sanciones para conductas consideradas incívicas. En el caso de la prohibición de cubrir completamente el rostro, las multas previstas van de 400 a 750 euros, además de una advertencia previa antes de aplicar la sanción.
Qué establece la nueva ordenanza
El artículo 12 establece que queda prohibido llevar en los espacios públicos cualquier pieza de ropa, vestimenta u otra indumentaria que oculte el rostro.
La norma, sin embargo, contempla excepciones. La prohibición no se aplicará en lugares de culto, en espacios donde sea habitual cubrirse el rostro por costumbres sociales aceptadas ni cuando la utilización de esa vestimenta se realice en el ejercicio de un derecho fundamental.
La disposición fue presentada por el gobierno municipal como una medida vinculada al civismo, la convivencia y los derechos de las mujeres, y no específicamente como una norma de seguridad.
Un antecedente judicial en la misma ciudad
La decisión tiene un antecedente en Lleida. En 2010, el Ayuntamiento ya había intentado establecer una prohibición del burka y el nicab en determinados espacios municipales.
Aquella normativa fue recurrida y finalmente anulada por el Tribunal Supremo, que consideró que un ayuntamiento no tenía competencia para establecer una limitación de ese tipo sobre un derecho fundamental. La nueva ordenanza busca ahora regular la cuestión mediante un marco municipal diferente.
La aprobación de la nueva norma ya generó oposición de entidades vinculadas a la comunidad musulmana. Mourad El Boudouhi, presidente de la Associació Watani per la Llibertat i la Justícia, anunció que impulsará una recogida de firmas contra la ordenanza. La entidad había participado anteriormente en el recurso contra la regulación de 2010.
Una ordenanza con multas de hasta 3.000 euros
La prohibición del burka y el nicab forma parte de una reforma más amplia de las normas de convivencia de Lleida.
La nueva ordenanza establece tres categorías de infracciones: leves, con multas de 400 a 750 euros; graves, de 751 a 1.500 euros; y muy graves, de 1.501 a 3.000 euros.
El texto también incorpora sanciones para otras conductas en la vía pública, como hacer ruido durante la noche, consumir alcohol en determinadas circunstancias o solicitar servicios sexuales en la calle.
La medida convierte a Lleida nuevamente en uno de los municipios españoles que regulan el uso de prendas que cubren completamente el rostro en espacios públicos, en un debate que durante los últimos años también se extendió a otras ciudades y países europeos.
Fuente: Canal 26


Los comentarios están cerrados.