¿Cómo postularse para ser autoridad de mesa y ganar hasta $40.000 en las elecciones?

Se definieron los viáticos que tendrán los presidentes y vicepresidentes de mesa, como así también la manera de conseguir ese cargo.  

Las elecciones están cada vez más cerca y se ultiman detalles del acto eleccionario que se llevará a cabo en cada punto del país. Mientras tanto ya empieza a perfilarse la designación de las autoridades de mesa que participarán de los comicios y según confirmó el Ministerio del Interior de la Nación estos cobrarán hasta $40.000 por participar en ellos.

La normativa publicada en las últimas horas establece que el pago se desglosará de la siguiente manera: los que se desempeñen como autoridades de mesa recibirán $7.000, en concepto de viático, por su labor en cada proceso (PASO, elecciones generales y segunda vuelta, con un máximo de $21.000), a lo que se les sumarán $3.000 por haber participado efectivamente de las actividades de capacitación reconocidas por la Justicia Nacional Electoral (pudiéndose alcanzar otros $9.000) y finalmente $10.000 más que recibirán adicionalmente quienes hayan participado de las tres instancias, aunque en caso de no haber segunda vuelta ese monto descenderá a $7.000.

En ese marco, la cartera que conduce Eduardo «Wado» de Pedro detalló también la manera en la que se deben postular aquellos interesados a ocupar esos cargos. Para ello los interesados deberán inscribirse previamente en el Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa en la web de la Cámara Nacional Electoral, dentro de la categoría «Autoridades de Mesa». Hacerlo, cabe remarcar, no garantizará obtener el puesto y las personas deberán esperar su posible designación.

Los encargados de designar a las autoridades de mesa son los jueces federales con competencia electoral en el distrito correspondiente. Los únicos requisitos para ocupar el cargo son ser un elector hábil, tener entre 18 y 70 años, residir en la sección electoral donde deba desempeñarse, saber leer y escribir, estar inscripto en el padrón electoral y no estar afiliado a ningún partido político.

Las autoridades de mesa son elegidas mediante un sorteo realizado por la Justicia Nacional Electoral y es comunicada a las personas a través del correo oficial del ente. Además, si los ciudadanos designados como autoridades de mesa no se presentan o hacen abandono de sus funciones se verán expuestas a posibles penas de prisión de seis meses a dos años, según establece el artículo 132 del Código Electoral Nacional.

No obstante, la Ley 19.945 también establece que por razones «de enfermedad o fuerza mayor debidamente justificadas la ciudadana o el ciudadano designado como autoridad puede no ejercer esta función». A su vez, detalló que «también quedan exceptuados aquellas personas que cumplen funciones de organización y/o dirección de un partido político o sea candidata o candidato en las elecciones».

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