A casi 30 años del crimen de las mochileras, condenaron al autor a indemnizar a la familia de una de las víctimas
La Cámara en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca confirmó parcialmente una sentencia contra Eduardo Fermín Eliçabe y el excomisario Leónidas Hugo Soria. Si el fallo queda firme, deberán pagar $21.060.000 más intereses por el asesinato de Irina Laura Montoya, ocurrido en 1998.
A casi tres décadas del brutal crimen de las mochileras, la Justicia volvió a pronunciarse sobre uno de los casos que más conmocionaron al país durante la década del 90. La Cámara en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca confirmó parcialmente una sentencia que obliga a Eduardo Fermín Eliçabe y al excomisario Leónidas Hugo Soria a indemnizar a la familia de una de las víctimas.
El resarcimiento corresponde a los familiares de Irina Laura Montoya, quien tenía 24 años cuando fue asesinada en 1998. En caso de que la resolución quede firme, ambos deberán pagar $21.060.000, más los intereses correspondientes.
Montoya viajaba junto a María Dolores Sánchez, de 18 años. Las jóvenes eran oriundas de Chañar Ladeado, Santa Fe, y se dirigían hacia la Patagonia haciendo dedo cuando aceptaron subir al vehículo conducido por Eliçabe.
El hombre, que posteriormente fue condenado a prisión perpetua en la causa penal, trabajaba como custodio de cargas. Según la resolución judicial, habría utilizado esa condición para trasladar a las jóvenes, una circunstancia que pudo haber generado en ellas una mayor confianza al momento de aceptar el viaje.
La responsabilidad de la empresa de seguridad
La Cámara consideró que también existía responsabilidad civil por parte de Leónidas Hugo Soria, propietario de la empresa de seguridad Sor, dedicada a la custodia de camiones y en la que Eliçabe trabajaba al momento de los hechos.
Los camaristas Marcelo Restivo, Patricio Lombardi y Fernando Kalemkerian entendieron que la relación laboral fue determinante para que Eliçabe se encontrara en las circunstancias en las que tuvo contacto con las jóvenes.
De acuerdo con el fallo, Soria le había encomendado al acusado tareas vinculadas con la custodia de cargas. Para los jueces, esa actividad laboral le permitió disponer de un vehículo y desempeñarse en un contexto que habría facilitado el contacto con Montoya.
La Justicia civil concluyó así que existía un vínculo entre la actividad laboral desarrollada por Eliçabe y las circunstancias que posibilitaron el crimen, por lo que extendió parte de la responsabilidad indemnizatoria al propietario de la firma.
Una demanda iniciada hace más de 25 años
Los padres de Irina Montoya habían iniciado la demanda por daños y perjuicios alrededor del año 2000, poco tiempo después del asesinato de su hija.
La causa civil atravesó un extenso proceso judicial hasta llegar a la reciente resolución de la Cámara bahiense. El fallo confirmó la responsabilidad de Eliçabe y amplió la condena civil a Soria, aunque de manera parcial.
Eliçabe había recibido la pena máxima por el doble crimen. Sin embargo, pese a la condena a prisión perpetua, recuperó la libertad beneficiado por la aplicación del régimen conocido como 2×1, que computaba determinados períodos de prisión preventiva de manera diferenciada.
Ahora, casi 30 años después de aquel doble asesinato, la Justicia civil estableció un resarcimiento económico para la familia de una de las víctimas. La indemnización todavía no es definitiva: deberá quedar firme la resolución para que se concrete el pago establecido por la Cámara.
Fuente: IB


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