La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha desde el 1° de diciembre una reforma del régimen especial de ingreso del IVA para operaciones en plataformas digitales, definiendo quiénes deben cobrar y declarar el impuesto.
La Agencia, (ARCA) oficializó desde el 1° de diciembre una actualización integral del régimen especial de ingreso del IVA para operaciones realizadas a través de plataformas digitales, como mercados online, servicios bajo demanda y apps de intermediación de bienes o trabajos. La reforma quedó plasmada en la Resolución General 5794/2025 y modifica la normativa previa al introducir nuevos umbrales y criterios para determinar qué operaciones quedan alcanzadas por el régimen.
Entre los cambios, el régimen abarca tanto la venta de bienes muebles nuevos o usados, no registrables como la locación y prestación de servicios concertados electrónicamente. En este marco, los intermediarios o plataformas deberán actuar como agentes de percepción o ingreso del impuesto, mientras que los proveedores y/o vendedores deberán registrar las operaciones en los sistemas informáticos de ARCA.
Contexto y alcance
La medida busca ampliar la formalidad y mejorar la recaudación en transacciones realizadas vía plataformas digitales. La implementación implica ajustes operativos para plataformas y vendedores, así como posibles impactos administrativos y costos asociados al cumplimiento.
Entre los cambios más relevantes, se encuentran los nuevos parámetros que determinan la “habitualidad” del vendedor o prestador online, una de las claves para definir si debe tributar bajo este régimen. A partir de ahora, pasa a considerarse “sujeto alcanzado” quien cumpla alguna de estas condiciones:
- Realizar al menos 10 operaciones por mes y acumular un monto total igual o superior a ARS 750.000.
- Tener 4 o más operaciones mensuales durante un cuatrimestre, sumando también por encima de ese monto.
En el caso de ventas de bienes usados de uso personal, la habitualidad no se configura si el monto acumulado en el cuatrimestre es inferior a $1.500.000, siempre que se declare la condición de “venta ocasional de cosas de uso personal”.
Qué implica para vendedores, prestadores y usuarios de plataformas
Para quienes venden productos u ofrecen servicios a través de plataformas digitales del tipo marketplace, alquileres, trabajos freelance u otras actividades electrónicas, significa que ahora deberán evaluar si sus operaciones superan los nuevos umbrales de cantidad o monto. Si es así, quedarán sujetos al pago del IVA mediante percepción automática.
Esto implica cambios operativos y administrativos, ya que deberán registrarse correctamente, emitir facturas conforme a la normativa y en muchos casos, adoptar CUIT, CUIL, o CDI para estar identificados. Para compradores o usuarios finales, el cambio puede notarse en los precios finales -especialmente si los vendedores trasladan el costo del impuesto- y en mayor formalidad: facturas claras, comprobantes discriminados y, en teoría, más trazabilidad fiscal.
Por qué ARCA renovó el régimen para ventas y servicios online
Según ARCA, el antiguo régimen había quedado desactualizado frente al crecimiento del comercio electrónico, la expansión de servicios digitales y la multiplicación de plataformas de intermediación. Por eso, con la Resolución 5794/2025, se buscó adecuar el régimen a la realidad actual, redefiniendo los umbrales de habitualidad y clarificando responsabilidades para vendedores, prestadores y plataformas.
El objetivo declarado es garantizar una recaudación más equitativa, formalizar la economía digital y asegurar que quienes operan de forma habitual y no ocasional tributen correctamente el IVA. Para ARCA, este ajuste es parte de una estrategia más amplia de adaptación normativa al comercio electrónico.
Qué observar con atención si trabajás con plataformas digitales
- Revisá cuántas operaciones hacés por mes o cuatrimestre, y el monto acumulado: si superás los nuevos umbrales, cambiás tu condición fiscal.
- Si vendés bienes usados o hacés ventas ocasionales, declaralo como tal —eso puede eximirte del régimen si no excedés el límite de monto.
- Verificá que la plataforma emita facturas o comprobantes discriminados, con la percepción del IVA detallada. #NuevasNormasDeARCA


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