Motosierra recargada: el Gobierno abre en noviembre el retiro voluntario masivo y pagará hasta 25 sueldos

Alcanza a tres grupos de trabajadores de la Administración Pública Nacional Centralizada. La inscripción estará abierta del 1° al 30 de noviembre de 2026.

El Gobierno aprobó un nuevo régimen de retiro voluntario para el personal de las jurisdicciones y organismos que integran la Administración Pública Nacional Centralizada en el ámbito del Poder Ejecutivo.

Así lo dispuso a través del Decreto 1203/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

La inscripción estará abierta del 1° al 30 de noviembre de 2026, con posibilidad de una prórroga única de hasta 30 días corridos.

Además, se estableció que la Autoridad de Aplicación será la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, facultada para prorrogar por única vez el plazo de adhesión y dictar las normas complementarias, aclaratorias e interpretativas necesarias para su aplicación.

«Las jurisdicciones alcanzadas por el Régimen de Retiro Voluntario deberán arbitrar las medidas necesarias para la eliminación de los cargos presupuestarios correspondientes al personal que acceda al mismo, a partir de la fecha en que se produzca el cese de la relación de empleo», añadió el escrito.

Qué empleados públicos son elegibles para el retiro voluntario

El régimen estableció tres grupos de beneficiarios, con diferentes modalidades de compensación económica:

1. Mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63 que no cuenten con aportes suficientes para acceder a la jubilación ordinaria. Podrán elegir entre dos alternativas:

  • Cobrar mensualmente el 60% de su remuneración bruta habitual, durante un máximo de 36 meses o hasta reunir los requisitos jubilatorios, lo que ocurra primero. Durante ese período se mantendrán los aportes y contribuciones previsionales y de obra social previstos en el régimen.
  • Percibir una gratificación única equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un límite de 18 remuneraciones y sin superar el equivalente a los meses restantes para reunir los requisitos jubilatorios.

2. Mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 años, con al menos 30 años de aportes jubilatorios. En estos casos, la compensación será equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción mayor a tres meses, con un máximo de 18 remuneraciones. No rige el límite adicional vinculado con el tiempo restante para cumplir los requisitos jubilatorios. Además, se abonará una suma adicional equivalente a cinco sueldos brutos, independientemente de la antigüedad.

3. Mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62 años. La gratificación será de un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un máximo de 20 remuneraciones. Además, recibirán cuatro sueldos adicionales quienes acrediten menos de 15 años de antigüedad en planta permanente, mientras que aquellos con 15 años o más percibirán cinco remuneraciones adicionales.

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