El Gobierno publicó este viernes la resolución que oficializa el uso de armas largas por parte de la Prefectura Naval
La medida es por la prevención de delitos graves: y correrá primero para este cuerpo y, más tarde, se extenderá a las demás fuerzas.
Además, se reavivó el protocolo dispuesto en 2018 por Patricia Bullrich durante su primer paso por el Ministerio de Seguridad en la gestión de Mauricio Macri, la entonces llamada «doctrina Chocobar». Esta había sido suspendida por su sucesora, Sabina Frederic, tras la asunción de Alberto Fernández en 2019.
Ahora, con Bullrich nuevamente a cargo de Seguridad en el actual gobierno de Javier Milei, la ministra decidió reflotar el protocolo al menos para un cuerpo, novedad que anunció este jueves en conferencia de prensa.
Según defendió esta, el protocolo busca revertir una situación en la que las fuerzas de seguridad «han sido amenazadas por delincuentes superados en capacidad de fuego» y en el que «los agentes han arriesgado la vida de una manera llegando al límite»: los detalles.
Nuevo protocolo de uso de armas de fuego para Prefectura: los detalles
Tras el anuncio de Patricia Bullrich, hoy se publicó en el Boletín Oficial a través de la Resolución 53/2024 el «Reglamento General para el Empleo de las Armas de Fuego por parte de los Miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad».
Por lo pronto, el protocolo aplica únicamente a Prefectura Naval, cuerpo al que se le autoriza el uso de «armas largas a bordo de las embarcaciones de patrullaje».
Según Bullrich, esto resulta esencial debido a que «con las armas cortas que hoy tienen permitidas, no tienen el alcance necesario cuando los botes, los barcos que vienen con cargamentos ilegales, cruzan y se van hacia la frontera de enfrente».
Esto, según la resolución, posiciona a Prefectura en «una situación desventajosa en el patrullaje de los ríos de frontera, en relación con la criminalidad organizada».
En sus considerandos, la medida firmada para la funcionaria recuerda que el 20 de diciembre de 2019 -10 días después de la asunción de Alberto Fernández- «se derogaron reglamentos referidos al uso de armas letales y no letales por parte de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales».
Para el Gobierno, esa derogación supuso «una limitación significativa de la capacidad de defensa de los efectivos de esas fuerzas, especialmente en confrontaciones que en ciertas oportunidades se han cobrado la vida de algunos de estos a causa de agresiones que no han podido ser repelidas adecuadamente».
Por ende, este viernes se definió la derogación de la resolución de Frederic que eliminaba el protocolo original y se autorizó a «los efectivos de la Prefectura Naval Argentina a la utilización de armas largas a bordo de las embarcaciones de patrullaje«.
Además, se encomendó a los asesores del Ministerio de Seguridad a elaborar en el próximo mes «nuevos proyectos de protocolos» para el uso de armas de fuego para las demás fuerzas en delitos graves o persecuciones, por lo que técnicamente no volverá la «doctrina Chocobar» tal cual como era antes, sino que habrá nuevas resoluciones para cada cuerpo.
Según el anterior protocolo dispuesto en 2018, las fuerzas de seguridad podían utilizar armas de fuego «cuando resultasen ineficaces otros medios no violentos» y en los siguientes casos:
- En defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves.
- Para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas.
- Para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad.
- Para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente, y hasta lograr su detención.
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 53/2024RESOL-2024-53-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 08/02/2024VISTO el expediente EX-2024-14362718- -APN-UGA#MSG del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificaciones) y Ley de Seguridad Interior Nº 24.059 y sus modificatorias; las Resoluciones Nros. 956 del 27 de noviembre de 2018 y 1231 del 20 de diciembre de 2019, y CONSIDERANDO: Que por la Resolución N° 1231, del 20 de diciembre de 2019, se derogaron reglamentos referidos al uso de armas letales y no letales por parte de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales Que la consecuencia de esa derogación ha resultado en una limitación significativa de la capacidad de defensa delos efectivos de esas fuerzas, especialmente en confrontaciones que en ciertas oportunidades se han cobrado la vida de algunos de esos efectivos a causa de agresiones que no han podido ser repelidas adecuadamente. Que, especialmente, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA ha sido colocada en una situación desventajosa en el patrullaje de los ríos de frontera, en relación con la criminalidad organizada, debido a la restricción del uso de armamento de largo alcance. Que recientemente se han registrado confrontaciones en la zona del río Paraná superior; el río Paraguay y el río Uruguay, sin que los efectivos de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA pudieran hacer uso de armas largas desde sus embarcaciones. Que el Estado Argentino asignó a la PREFECTURA NAVAL ARGENTNA las funciones vinculadas con policía de seguridad de la navegación y de cumplimiento de convenios internacionales sobre navegación; policía de seguridad y judicial en las aguas navegables y puertos nacionales, policía de prevención y represión del contrabando, de migraciones y sanitaria, y actuación con carácter exclusivo y excluyente en Zonas de Seguridad de Frontera Marítima, un objetivo de enorme importancia. Que en particular concierne a este MINISTERIO DE SEGURIDAD entender en el ejercicio del poder de policía de seguridad interna y en la dirección y coordinación de funciones y jurisdicciones de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Nacionales (POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, GENDARMERÍA NACIONAL, PREFECTURA NAVALARGENTINA, POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA) y provinciales.

Que es necesario derogar la Resolución 1231 de 2019 e ir generando nuevos protocolos adaptados a las exigencias actuales. Que, en esta oportunidad, y habida cuenta de la urgencia de la situación en relación con la Prefectura Naval, se hace necesario eliminar las restricciones que sufre esa fuerza en relación con el armamento de largo alcance. Que la Dirección de Asuntos Legales, Asesoría y Dictámenes de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOSJURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el 4°, inciso b), apartado 9° y 22 bis de la Ley de Ministerios (T.O. 1992) y sus modificatorias y el artículo 8º de la Ley de Seguridad Interior Nº 24.059.Por ello, LA MINISTRA DE SEGURIDADRESUELVEARTÍCULO 1°.- Derogase la Resolución 1231 del 20 de diciembre de 2019.ARTÍCULO 2°.- Autorizase a los efectivos de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA a la utilización de armas largas a bordo de las embarcaciones de patrullaje, adecuando esta autorización a los reglamentos internos de la fuerza. ARTÍCULO 3°.- Instrúyase al Titular de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA para que adecúe sus normas y procedimientos internos a lo dispuesto en el articulo 2° de la presente medida. ARTÍCULO 4°.- Encomiéndese a la UNIDAD GABINETE DE ASESORES la elaboración, en el término de TREINTA(30) días, de nuevos proyectos de protocolos en sustitución de los que resultaron derogados por la Resolución 1231del 20 de diciembre de 2019.ARTÍCULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina. ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y cumplido, archívese. Patricia Bullrich. 09/02/2024 N° 5882/24 v. 09/02/2024
Fecha de publicación
09/02/202
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