El Gobierno oficializó cambios en el acceso al cannabis medicinal

Mediante la Resolución 1780/2025, se derogó una normativa restrictiva y se restableció la inscripción en el Registro del Programa de Cannabis (Reprocann).

El gobierno nacional dio un paso importante en la regulación del cannabis medicinal mediante la publicación de la Resolución 1780/2025 en el Boletín Oficial, que modificó el régimen de acceso a este recurso. La medida elimina la Resolución 3132/2024, que había impuesto restricciones severas, y permite nuevamente la inscripción de pacientes y profesionales en el Registro del Programa de Cannabis (Reprocann).

Esta acción busca facilitar el acceso a tratamientos con cannabis, promoviendo mayores opciones terapéuticas y asegurando un marco legal más claro para quienes utilizan o desean utilizar esta sustancia con fines medicinales.

¿Quiénes pueden inscribirse al Reprocann?

La nueva normativa distingue dos grandes grupos de beneficiarios habilitados:

1. Pacientes y cultivadores autorizados

  • Personas con indicación médica para el uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor con derivados de cannabis.
  • Familiares que cultivan para un paciente.
  • Terceros cultivadores autorizados.
  • Organizaciones civiles que actúan como responsables del cultivo, con permisos emitidos por la autoridad de aplicación. 

2. Proyectos de investigación

Personas físicas o jurídicas que presenten proyectos de investigación y desarrollo en el marco de la Ley 27.350.

Con esta medida, el Gobierno también reafirma su intención de ampliar el mercado regulado del cannabis medicinal, fomentando la producción legal, el desarrollo científico y el acceso seguro para quienes lo necesitan. #CanabisMedicinal

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