La Jueza Loretta Preska, determinó la suspensión de posibles embargos hasta que la Corte de Apelaciones se expida
La jueza estadounidense que entiende en la causa por la expropiación de YPF, se pronunció en favor de un requerimiento formulado por la Argentina, que según una sentencia de la magistrada del distrito sur de Manhattan, debe pagar USd 16.100 millones para indemnizar al fondo Budford.
En respuesta a la Argentina, Preska accedió a que el país no deba depositar esa sideral suma de dinero pero, a la vez, le ordenó que debe aportar otros activos mencionados por los demandantes (como las propias acciones de YPF) como garantía para evitar embargos.
Asimismo Para evitar los embargos, la Argentina deberá depositar un monto menor y tiene tiempo para hacerlo hasta el 5 de diciembre.
La información fue proporcionada por el abogado Sebastián Maril, CEO de Latin Advisor y seguramente el mayor especialista en este extenso y complejo juicio en el que la sentencia adversa a la Argentina, plasmado en un escrito de 25 páginas de la jueza Preska, se conoció el pasado 15 de septiembre. Desde entonces los abogados de la Argentina han apelado la decisión.
“La Argentina tiene hasta el 5 de diciembre para depositar garantía. No lo va a hacer. El presidente-electo Milei asume el 10 de diciembre. Recomiendo a los beneficiarios del fallo no comenzar embargos el 5 de diciembre y empezar a dialogar con la o las personas nombradas por el presidente-electo “pronto”. Hay caminos para resolver esto. Hay ganas de dialogar”, dijo Maril en su cuenta de la red social X.
La noticia se conoce en un momento particular para la acción de la empresa. Pocas horas después de imponerse en la segunda vuelta electoral, el presidente electo Javier Milei anunció que planea que la petrolera, de capital mayoritario estatal, sea privatizada. Tras ese anuncio y el resultado electoral, la acción de YPF tuvo una histórica suba de precio de casi 40 por ciento.
El proceso judicial lleva más de ocho años y tuvo varios reveses para el país, incluidos fallos en contra en cámaras de apelaciones y la rotunda negativa de la Corte Suprema de EEUU a analizar el caso. A fines de marzo de este año, Preska había dicho que el Estado argentino expropió mal la petrolera –YPF fue exculpada de todo cargo– y lo condenó a resarcir a los demandantes.
Seis meses más tarde, a inicios de septiembre de este año, la jueza volvió a fallar en contra de la Argentina. En ese momento, Burford, un fondo que cotiza en la bolsa de Londres y se especializa en comprar juicios, negociar con ellos y litigar durante años por los beneficios económicos, dijo que el resarcimiento debía rondar los USD 16.000 millones; el Estado argentino, en tanto, indicó que esa cifra era de USD 5.000 millones.
Apenas una semana después, Preska dejó firme la sentencia, condenando al Gobierno argentino a pagarle a Burford Capital los USD 16.000 millones por haber realizado mal la expropiación de YPF en 2012. Al Estado aún le quedan instancias de apelación, pero desde entonces comenzaron a correr interés de entre 5 y 6 por ciento (varían semanalmente y seguirá así hasta que la causa defina su rumbo).
El acuerdo original
En 2012, la República Argentina acordó pagar a la empresa Repsol un total de USD 5.000 millones por la expropiación del 51% de la empresa, cuyo valor fue determinado en base al valor de mercado de YPF en ese momento.
La operación fue un proceso complejo que implicó varios factores financieros. Para llegar a la cifra se tomaron una serie de parámetros. Por un lado, se tomó en consideración el valor de la empresa en mayo de 2012.
Así, las negociaciones entre el gobierno argentino y Repsol concluyeron en un acuerdo final en el que el gobierno argentino acordó pagar USD 5.000 millones en bonos del gobierno como compensación por la expropiación.
La capitalización bursátil de la petrolera sufrió muchos vaivenes desde el pago a Repsol, la mayor parte de ello de tipo bajista. En 2020, pleno coronacrash, el desplome bursátil provocado por la pandemia de coronavirus, llegó a caer cerca de los USD 2.000 millones, mucho menos de lo que se pagó por la mitad de la firma.
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