La Cámara porteña revocó el fallo de Laura De Marinis y apartó a la jueza de la causa

La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones anuló por unanimidad el sobreseimiento de un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo y dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del nuevo Régimen Penal Juvenil. También ordenó apartar a la magistrada y realizar un nuevo sorteo.

La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires revocó este viernes el fallo de la jueza Laura Beatriz De Marinis, quien había declarado inconstitucional, para un caso concreto, la aplicación de la norma que establece en 14 años la edad mínima de responsabilidad penal.

La resolución fue adoptada por unanimidad por los camaristas Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca, quienes hicieron lugar al recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal. El tribunal dejó sin efecto el sobreseimiento del adolescente y habilitó la continuidad de la investigación bajo las disposiciones del nuevo Régimen Penal Juvenil.

El adolescente, identificado por sus iniciales M.I.A., tiene 14 años y está acusado de participar en un intento de robo ocurrido en Palermo. El hecho se produjo el 10 de septiembre, cuando un hombre de 47 años denunció que había sido seguido por un grupo de adolescentes y pidió ayuda a un policía. La intervención terminó con la detención de varios jóvenes.

La Cámara dejó sin efecto el sobreseimiento

De Marinis había resuelto el 21 de septiembre declarar inconstitucional para ese caso el artículo 1° de la Ley 27.801, que establece el nuevo régimen penal juvenil, y había sobreseído al adolescente al considerar que debía aplicarse el límite de punibilidad de 16 años previsto por el régimen anterior.

La Fiscalía apeló la decisión y solicitó tanto la revocación del sobreseimiento como el apartamiento de la jueza. La fiscal de Cámara Sandra Verónica Guagnino también se pronunció a favor de hacer lugar al recurso.

En su resolución, la Cámara consideró que la jueza no había demostrado una contradicción concreta entre la nueva legislación y las normas constitucionales que justificara dejarla sin efecto. El tribunal distinguió además entre la posibilidad de someter a un adolescente al régimen penal juvenil y la eventual imposición de una pena, que debe analizarse de acuerdo con las circunstancias particulares de cada causa.

Apartaron a De Marinis

Además de revocar su decisión, los camaristas dispusieron el apartamiento de De Marinis del expediente y ordenaron realizar un nuevo sorteo para determinar qué juez continuará con la investigación.

Según los fundamentos de la resolución, los magistrados consideraron que la jueza había efectuado valoraciones anticipadas sobre el hecho investigado y sus consecuencias, circunstancia que podía afectar su intervención posterior en la causa.

La decisión no implica una declaración de culpabilidad sobre el adolescente. El efecto concreto es que el proceso podrá continuar bajo el nuevo Régimen Penal Juvenil y con la intervención de otro magistrado.

El nuevo Régimen Penal Juvenil

La Ley 27.801 comenzó a regir el 5 de septiembre de 2026 y estableció en 14 años la edad mínima de responsabilidad penal. El caso de De Marinis había generado una controversia judicial precisamente sobre la aplicación de esa nueva normativa.

La Cámara sostuvo que el Congreso tiene atribuciones para establecer las condiciones generales de la responsabilidad penal y fijar la edad mínima correspondiente, aunque esas decisiones pueden ser sometidas al control de constitucionalidad cuando exista una contradicción concreta con normas de jerarquía superior.

Con el fallo de este viernes, el sobreseimiento quedó revocado y la causa deberá continuar con un nuevo juez, que será designado mediante sorteo. La resolución de la Cámara constituye así un nuevo pronunciamiento judicial sobre la aplicación del régimen que redujo de 16 a 14 años la edad mínima de responsabilidad penal en el país.

Fuente: TN

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